Dallas, Texas
Oficina de Equidad de Vivienda

Oficina de Equidad de Vivienda - Personas Discapacitadas

En 1990 el Concejo Municipal de Dallas agregó a las personas discapacitadas dentro de la categoría clase protegida en la Ordenanza de Equidad de Vivienda de Dallas. Ser discapacitado incluye, pero no se limita a, trastornos sicológicos, enfermedades emocionales y mentales, discapacidades de aprendizaje, personas con SIDA o los Complejos Relacionados con el SIDA y alcohólicos y drogadictos en recuperación. Si alguien es discapacitado, uno no puede negarse a arrendarle a causa de su discapacidad.

Adaptaciones Razonables

Animales de Servicio
Si usted es un proveedor de vivienda, las leyes también le exigen que acomoden a las personas discapacitadas cambiando o modificando las reglas, políticas o prácticas cuando sea necesario para proveerle a la persona discapacitada igual oportunidad de usar y disfrutar de la unidad de la vivienda.

De acuerdo con la ley de equidad de vivienda, un proveedor de vivienda que haya establecido una política de no permitir mascotas tiene que aceptar el residente discapacitado con su animal de servicio como un ajuste razonable. El proveedor de vivienda debe permitir el residente discapacitado y su animal de servicio si cumple con las siguientes tres condiciones. La primera es que el residente tiene que seguir la definición de un discapacitado y los requisitos de una Ley de Equidad de Vivienda; la segunda es que el proveedor de vivienda tiene que saber, o debe saber de, la discapacidad del residente; y la tercera es que la adaptación pueda ser necesaria para proporcionarle al residente discapacitado igual oportunidad de usar y disfrutar de la vivienda.

Actualmente el único requisito de un animal de servicio según la ley federal es que el animal tiene que estar entrenado sólo y debe trabajar para el beneficio de la persona discapacitada. No existe requisitos en cuanto la cantidad de entrenamiento que el animal debe recibir ni la cantidad de trabajo que el animal tienen que realizar para el residente.

Espacios de Estacionamiento
Si alguien tiene una discapacidad y le pide a un proveedor de vivienda que diseñe o designe un espacio de estacionamiento para él / ella, generalmente las leyes van a exigirle al proveedor de vivienda que diseñe o designe el espacio si se cumplen las tres condiciones. Primero, el residente tiene que pedir un espacio designado; segundo, la creación o designación del espacio de estacionamiento permitirá al residente vivir y disfrutara plenamente del inmueble; y tercero, la creación o designación del espacio de estacionamiento no le creará una carga financiera o administrativa desmedida al proveedor de vivienda.

En el proceso de una solicitud de espacio de estacionamiento para un residente discapacitado, usted tiene derecho a pedir constancia médica que pruebe que el residente tiene una discapacidad. Esto no le da derecho al proveedor de vivienda a preguntar sobre la naturaleza de la discapacidad pero sí le da derecho a pedir evidencia de la discapacidad del residente,. Evidencia aceptable sería placas o etiquetas de identificación de vehículo para los discapacitados o una carta del médico del residente, de un quiropráctico, de un trabajador social o de un proveedor de atención de la salud. Una vez que el residente proporciona la evidencia, el proveedor de vivienda tiene la obligación de proveer un espacio de estacionamiento de discapacitado. Y si más de un residente discapacitado pide un espacio de estacionamiento, el proveedor de vivienda tendrá la obligación de atender a cada solicitud.

Modificaciones Razonables

Un proveedor de vivienda no puede negarse a alquilar la vivienda por causa de la discapacidad de una persona. La ley requiere la autorización a la persona discapacitada, si paga por su cuenta, en hacer cambios o ajustes razonables en su unidad de vivienda si los cambios permiten al residente disfrutar plenamente su vivienda.

En muchas circunstancias un proveedor de vivienda busca condiciones para aprobar los cambios con tal que el inquilino tenga un fondo de depósito con garantía para pagar por la restauración de la unidad de vivienda a su estado original. Se espera la restauración en cuanto el inquilino se mude de la vivienda y excluye el desgaste natural de una vivienda. El proveedor de vivienda también puede pedir garantías de que los cambios se hagan de manera profesional.

Ejemplos de Modificaciones Razonables
Los reglamentos del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano que ponen en ejecución la Ley de Enmiendas para una Vivienda Justa (FHAA, Fair Housing Amendments Act) dan dos ejemplos de modificaciones razonables.

Ejemplo (1).  Un inquilino con una discapacidad le pide permiso a su casero para instalar de su propia cuenta unas barras para sujetarse. Antes de fijar las barras para sujetarse es necesario reforzar las paredes con materiales como bloques entre los clavos donde se colocará las barras. Es ilícito que el casero se rehúse a permitir que el inquilino, a expensas propias, haga los cambios necesarios en la vivienda antes de agregar las barras. No obstante, el casero puede tener la autorización para que el inquilino convenga en regresar el baño al estado en que se encontraba antes de la modificación, excluyendo el desgaste natural. Sería razonable que el casero requiera que el inquilino retirará las barras al fin del contrato del arrendamiento. También sería razonable que el casero requiera que la pared donde están agarradas las barras se repare y se regrese a su estado original, excluyendo el desgaste natural. Ahora bien, sería irrazonable que el casero le exija al inquilino que retire el material de reforzamiento, ya que las paredes reforzadas no impiden en modo alguno el uso y el beneficio del inmueble por parte del casero o del próximo inquilino, y algún inquilino futuro podría necesitarlas.

Ejemplo (2).  Un solicitante de arrendamiento de vivienda tiene un hijo que usa silla de ruedas. La puerta del baño de la unidad de vivienda es demasiado estrecha para permitir el paso de la silla de ruedas. El solicitante le pide permiso al casero para expandir la puerta. Es ilegal que el casero se niegue a permitirle al solicitante que haga la modificación. Además, en circunstancias usuales, el casero no puede poner condiciones al permiso de modificar para que el solicitante pague por la expansión de la puerta al final del contrato de arrendamiento, ya que una puerta más ancha no impide el uso y el beneficio del inmueble por parte del casero ni del próximo inquilino.

Para obtener más información sobre sus derechos y responsabilidades según las disposiciones acerca de las discapacidades en la Ley de Equidad de Vivienda, visite el sitio Web del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos (HUD).


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