Dallas, Texas
 Cuando se recibe una multa
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El hecho de que una persona reciba una multa no significa que sea culpable de dicha infracción.  Un juez o bien un jurado debe determinar cómo se resolverá la causa en base a la Ley y a los hechos de cada caso.

Para declararse no culpable y pedir una fecha para comparecer ante el juzgado, la persona debe comunicarse con el Departamento de Tribunales y Servicios de Detención ya sea en persona o por escrito en un plazo de veintiún (21) días a partir del momento en que se reciba la infracción citatoria.  El horario de servicio aparece en el reverso de la infracción citatoria.

El acusado podrá contratar a un abogado para que lo represente en el tribunal, sin embargo, muchos acusados deciden defenderse por su cuenta.  En el Tribunal Municipal se procesan delitos menores clase C que se sancionan únicamente con una multa.  En la mayoría de los casos la multa no debe exceder los $500 aparte de los gastos por concepto de impuestos estatales de tribunales ("costos de tribunales"). No obstante, algunas violaciones de ordenanzas municipales conllevan una multa máxima de $2000.

El acusado tiene el derecho de tener un juicio con un jurado compuesto por seis ciudadanos.  Se puede renunciar a este derecho y el caso puede ser visto por un juez municipal.

Si se solicita un juicio, la ley no le exige al acusado que pruebe su inocencia.  El fiscal tiene la responsabilidad de probar sin lugar a dudas que el acusado cometió el delito.  Para lograr este propósito, el fiscal presentará pruebas y citará a testigos para que den su testimonio.

El acusado o su abogado tendrán la oportunidad de contra-interrogar o hacerle preguntas a los testigo de la fiscalía.  El acusado puede convocar a sus  propios testigos y pedirle al Juez que cite a los testigos o solicite las pruebas necesarias.

La Ley establece que el acusado puede testificar a su favor o bien tiene el derecho de guardar silencio.  Si el acusado decide no testificar, ese hecho no será utilizado en su contra.

Si la persona decide que no quiere ir a juicio y desea declararse "nolo contendere" (no lo disputo) o culpable, podrá pagar la multa bien sea por correo o en la ventanilla de la Caja del Tribunal Municipal.  Encontrará una  lista de delitos y multas al dorso de la infracción citatoria.  Si el delito y la multa que le corresponde no aparecen al dorso de la infracción citatoria, comuníquese con el Departamento de Tribunales y Servicios de Detención por el (214) 747-3800.

Si no se presenta en el juzgado ni se comunica por correo con el tribunal en el plazo de 21 días a partir del momento en que recibe la infracción citatoria, se le imputará el cargo de "falta de comparecencia" y se expedirá una orden de arresto.

Se pueden desestimar las infracciones de tráfico cuando el acusado toma el Curso de Manejo sin Riesgos o recibe un Fallo Diferido.  Sin embargo, la persona pierde ese derecho si no manifiesta su deseo de acogerse a una de estas dos opciones ante el Juez bien sea de forma oral o por escrito en la fecha de comparecencia o antes.

Toda persona de 17 años de edad o menos acusada de un delito menor clase "C" debe comparecer ante el juzgado acompañada por uno de sus padres o un tutor legal.
 


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